viernes, 20 de mayo de 2011

COMENTARIO LA FILOSOFIA MORAL Y EL PRINCIPIO APROBATORIO

La filosofía moral, es la que indaga acerca de la naturaleza de la virtud, y la virtud es algo que adquiere dentro del recorrido de su vida, y la persona que goza de virtud goza del respeto de los demás, y de la tolerancia hacia su prójimo, y el principio aprobatorio del amor así mismo es egoísta porque se funda en que el hombre se ve impulsado a refugiarse en la sociedad, y debemos decir que la viritud es el gran sosten y el vicio del gran perturbador de la sociedad, y por tanto la persona es aceptable en la sociedad. El Principio aprobatorio basado en la razón, en tal sentido la virtud consiste en una conformidad con la razón, y la razón es la fuente de las reglas generales éticas y de todos los juicios morales, y por ende la razón es el principio de la aprobación ó desaprobación de la conducta humana; y respecto al principio aprobatorio basado en el sentimiento o sentido moral, cuando concedemos nuestra aprobación a algún sujeto, y nuestros sentimientos tienen cuatro origenes simpatizamos, compartimos, advertimos y formadores, y el sentido aprobatorio y desaprobatorio tienen cualquiera de estos origenes que son la fuente del sentido moral que actúa intimamente ligada a los sentimientos de la emoción. En conclusión, cuando aprobamos o reprobamos una acción humana y sus efectos, lo hacemos por amor a nosotros mismos (sentimiento egoísta), y la razón y el sentido moral son la clave para entender nuestras acciones y efectos.
Alumno: Vladimir Francis Benel Jimenez,  2do semestre de Maestría en Derecho Civil y Comercial - Universidad Nacional "San Luis Gonzaga" de Ica.

COMENTARIO A CARTA A LA INTOLERANCIA

Un intolerante no puede convivir con su projimo, porque el intolerante es portador del odio y de las bajas pasiones. Primero, toda persona en primer lugar tiene que ser tolerante, ya que uno no se puede estar burlando de su prójimo, por su sexo, color, religión, raza, idioma, etc., ya que si la persona no es tolerante va a vivir con un resentimiento total, y la intolerancia es lo que está llevando a la destrucción de los seres humanos, tan es así que en otras partes del mundo existen las guerras religiosas, en el Africa la guerra entre etnias, en la parte de Europa persecusión a la raza gitana, en nuestro país hay mucha discriminación por el sexo, por el idioma, por nuestro color de piel, y lo que lleva a que un grupo minúsculo se crean superiores a otros grupos, y quieran hasta dominar nuestro país a través de sus partidos políticos, lo que muestra una falta de intolerancia, toda vez que el libro divino se refiere al amor fraternal, lo que toda persona debe de buscar la tolerancia entre seres humanos, a fin de evitar estos conflictos sociales por motivos religiosos, de cultura, de raza, nacionalidad, etc., toda vez que por la intolerancia llegó a que se atente contra la vida humana de las personas, tal es el caso de Socrátes y Galileo, por tener otras concepciones de nuestro mundo y por la intolerancia de un sector de la Iglesia, y que a medida del tiempo ha ido evolucionando, y por lo tanto en la actualidad no podemos convivir con acciones intolerantes, toda vez que si eres intolerante y no puedes convivir con tú prójimo, es porque seguramente no estás capacitado moralmente para hacerlo, toda vez que la tolerancia establece relaciones de reciprocidad que sirven de fundamento a cualquier tipo de convivencia pacífica y civil.
Alumno: Vladimir Francis Benel Jimenez, Alumno del 2do Semestre de Maestría en Derecho Civil y Comercial - Universidad Nacional "San Luis Gonzaga" - Ica.

COMENTARIOS EL DERECHO A NO TENER HAMBRE

Respecto al comentario sobre el derecho de no tener hambre, esto recae principalmente sobre nuestros gobernantes y legisladores, ya que en ellos está el destino de la regulación de la alimentación y vivienda, ya que el derecho a no tener hambre no solamente es satisfacer las necesidades alimentarias de la población, sino que abarca más allá como es el derecho de la vivienda, tan es así que nuestros legisladores están en la obligación de regular en nuestros países, a regular la siembra de los productos alimenticios y darle prioridad a los alimentos de consumo humano, y no como últimamente se viene dando en estos años, como es la de promover masivamente en grandes extensiones de cultivos de productos para la elaboración de bio combustibles, y de esta manera desprotegiendo la seguridad alimentaria de nuestra población, ya que en este caso vamos a tener una dependencia de los mercados externos para la seguridad alimentaria de nuestra población, hecho que nuestros legisladores deben de preveer, tal es así que en nuestro país contamos con una seguridad energética, ya sea del gas natural, gas licuado de petróleo, petróleo diesel, energía hidroeléctrica que hacen generar los aparatos de producción de nuestro país, y por lo tanto destinar miles de hectáreas para los bio combustibles, es en estos momentos desproteger a nuestra población, y asimismo, a la vez deberíamos asegurar viviendas dignas para nuestros habitantes, toda vez que en estos momentos nuestro país viene dependiendo de las importaciones del trigo, del maíz y la soya, los cuales son regulados por los mercados internacionales, y que a veces no están al alcance de nuestra población, y por lo tanto nuestros gobernantes como nuestros legisladores, tienen que tomar conciencia para asegurar el derecho a No Tener Hambre en nuestra población.
Alumno: Vladimir Francis Benel Jimenez - Alumno del 2do Semestre Maestría en Derecho Civil y Comercial en la Universidad Nacional San Luis Gonzaga de Ica.

COMENTARIO PARADIGMAS DEL DERECHO COMERCIAL

Que, actualmente se está produciendo en la practica la civilizacion del derecho mercantil, toda vez que se ha unificado el derecho civil con el derecho comercial con respecto al libro de obligaciones, toda vez que a mi parecer las obligaciones deberían estar enmarcadas, no en el Código Civil, sino en la norma del derecho comercial, toda vez que antiguamente el derecho comercial tenía como nombre el derecho mercantil, y el mismo que regulaba el comercio, y que posteriormente al evolucionarse el derecho mercantil, se dio la norma del Código de Comercio que regulaba las diferentes actividades comerciales, pero al ir evolucionando el comercio,  como también las comunicaciones a través de los medios telefónicos, fax y últimamente correos electrónicos, también ha evolucionado lo que es el derecho Comercial a raíz de los tratados de Libre Comercio que viene suscribiendo nuestro país, y en la cual en la práctica ya no se cuenta con el paso de las fronteras, sino las mismas han sido abiertas plenamente al comercio, y tal es así que el derecho comercial ha comenzado a abarcar el derecho cartular, derecho bancario, derecho comercial, derecho empresarial, etc., y que a la vez vienen asumiendo distintas ramas del comercio, toda vez que la parte comercial no solamente está referida a la empresa netalmente, sino también a las relaciones comerciales que hacemos nosotros como personas, y de la cual a la fecha el derecho comercial se ha sustentado como una ciencia autónoma dentro del área del derecho.
Alumno: Vladimir Francis Benel Jimenez - Segundo Semestre Maestría Derecho Civil y Comercial - Universidad Nacional "San Luis Gonzaga" de Ica.